Jorge Díaz de Malos Hábitos fue Detenido

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** Noticia actualizada: 7PM **

A las 3PM el representante de Malos Hábitos nos hizo llegar la siguiente noticia:

Estimados ya se ha puesto en libertad a Jorge Díaz, la señora Juez Primero Local Penal de Managua emitió orden dejando sin efecto legal la orden de captura emitida en contra de Jorge Díaz, les agradecemos las muestra de apoyo que Jorge y Malos Hábitos han recibido de todos y todas ustedes. Nos contactamos luego. Saludos

Esta es la orden:
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Así mismo, al rato, Engel Ortega comentó su versión de los hechos en este mismo blog:

No se quien maneja esta página, pero de todas maneras, no es una posición ponderada la que muestran. Nadie tiene el derecho de desbaratar la dignidad y honra de ninguna persona sin prueba alguna. Mi acción de defensa, a la que tengo derecho, es una acción contra la persona, no contra el artista o la banda en la que toca, una reacción natural de quien se ve ofendido y amenazado por las expresiones infundadas de este señor en una página de facebook, con alrededor de 4 mil visitantes. Que el tema del derecho de autor y nicautor sea polémico es una asunto muy distante al de personalizar las discrepancias que el señor Díaz pueda tener al respecto. Gestionar Derecho de Autor es un trabajo como otro cualquiera y para que el que se me ha contratado y hago lo mejor que puedo, es mi estilo. No menciona esta página, los insultos, descalificaciones, calumnias y amenazas, no solo contra mí, sino tambíen para el conglomerado de autores que conforman la asociación, a los que se les ha llamado «ratas» «tontos últiles». Yo no tengo mucho tiempo para andar indagando cosas en las redes sociales o páginas como esta, han sido los artistas, autores, músicos, productores, familiares y amigos los que me han alertado de este atropello, ni siquiera tengo acceso a su página y se me facilitaron videos y páginas impresas de su publicación. Y aclaro, fue la juez la que mandó la orden de captura, por que el no se presentó a dos audiencias consecutivas, son las reglas del juego, ni este servidor, ni los directivos, ni los funcionarios que trabajan conmigo trafican influencias ni mucho menos, nuestro máximo interés es que la Ley se acate y se cumpla como en cualquier país civilizado, apunto, sin embargo resulta extraño que una orden judicial haya sido revocada en menos de dos horas. Mi frente en alto. Escarben y se darán cuenta de donde viene todo esto. Lamento haber tenido que dar este paso, pero mis intentos desde el mes de diciembre de arreglar las cosas no funcionaron. Voy a reivindicar mi nombre.

Noticia original:

Nos acaban de informar que detuvieron al integrantes del grupo de rock Malos Hábitos, Jorge Díaz. Su abogado, Pánfilo Orozco, nos contó que el día de hoy tenían cita en los juzgados de Managua para ver un caso de «Injurias y Calumnías» relacionado al representante de Nicautor, Engel Ortega, sin embargo, llegando a los juzgados se sorprendieron que la policia estaba esperando a Jorge para llevarlo detenido de forma preventiva (lo cual, según el abogado Orozco, es de lo más inusual en un caso de «Injurias y Calumnias»). Sigan leyendo para saber más …

El caso de Injurias y Calumnias viene por un escrito que publicó Jorge Díaz sobre la gestión de Nicautor, la cual, hay que aceptarlo, ha sido polémica desde su nacimiento. Pero junto al juicio de «Injuriías y Calumnias», hay otro juicio penal de «Amenazas», el cual es un poco más serio y suponemos que es la verdadera razón por la que detuvieron a Jorge el día de hoy. El problema es que, según el abogado Orozco, resulta inprocedente hacer dos juicios por un mismo acto, es decir, no se pueden levantar dos juicios penales sobre el mismo escrito de Jorge Díaz. Eso, junto al hecho que la prision preventiva es una medida bastante extrema, totalmente fuera lugar si nos ponemos a pensar que Jorge no encaja en ninguno de los requisitos que la ley exige se deben cumplir para poder hacer uso de la medida, nos hace pensar «que aquí hubo tráfico de influencias», expresó el abogado Orozco.

Para que juzguen ustedes mismos, les dejamos lo que dice la ley, y desde ya los invitamos a gritar: liberen a Jorge!

Arto. 173. Procedencia. El juez, a solicitud de parte acusadora, podrá decretar la prisión preventiva, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

1. Existencia de un hecho punible grave que merezca pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentre prescrita;
2. Elementos de convicción suficientes para sostener, razonablemente, que el imputado es, con probabilidad, autor de ese hecho punible o partícipe en él, y,
3. Presunción razonable, por apreciación de las circunstancias particulares, acerca de alguna de las tres siguientes situaciones:

a) Que el imputado no se someterá al proceso, porque ha evadido o piensa evadir la justicia;
b) Que obstaculizará la averiguación de la verdad, intimidando personas que deban declarar, ocultando elementos de convicción o de cualquier otra manera afectando el curso de la investigación, y,
c) Cuando, por las específicas modalidades y circunstancias del hecho y por la personalidad del imputado, exista peligro concreto de que éste cometa graves delitos mediante el uso de armas u otros medios de intimidación o violencia personal o dirigidos contra el orden constitucional o delitos de criminalidad organizada o de la misma clase de aquel por el que se proceda, o de que el imputado continuará la actividad delictiva.

En todo caso el juez decretará la prisión preventiva, sin que pueda ser sustituida por otra medida cautelar, cuando se trate de delitos graves relacionados con el consumo o tráfico de estupefacientes, sicotrópicos y otras sustancias controladas o con lavado de dinero y activos provenientes de actividades ilícitas.